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Tribunal permanente encargado de ejercer el control y defensa del orden constitucional. Actúa como órgano independiente de los tres organismos del Estado y ejerce funciones específicas plasmadas en la Constitución Política de la República y la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.
Ejercer el rol de garante del orden constitucional, resolviendo amparos en segunda instancia, inconstitucionalidades y opiniones consultivas. En todos estos casos dictaminará si lo actuado por cualquier actor de la administración pública se sujeta a lo dispuesto en la Constitución Política de la República y no transgrede el orden establecido en dicha norma suprema.
Se integra por un magistrado titular y un suplete nombrado por el pleno del Consejo Superior Universitario; un magistrado titular y un suplente nombrado por el Presidente de la República de Guatemala; un magistrado titular y un suplente nombrados por el pleno del Congreso de la República; un magistrado titular y un suplente nombrados por el pleno de Corte Suprema de Justicia; un titular y un suplente nombrados por la asamblea general del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala. Durarán cinco años en sus funciones.