El Director del Instituto de la Defensa Pública Penal de Guatemala es el funcionario encargado de guíar al órgano encargado de brindarle defensa técnica a todos los guatemaltecos y guatemaltecas que no se encuentren en posibilidades económicas de costear un abogado privado, garantizando así el derecho de defensa y debido proceso.
Según el artículo 11 de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal, para ser Director del Instituto de la Defensa Pública Penal se requiere: a. Ser abogado colegiado activo con un mínimo de cinco años de colegiatura; b) acreditar amplia experiencia en materia penal; c) haber ejercido como defensor público de oficio, en funciones judiciales o de la carrera del Ministerio Público que requieran el título de abogado, durante un tiempo mínimo de cinco años o en su caso ser abogado en ejercicio privado con experiencia penal o en administración.
El Director del IDPP es elegido por el Congreso de la República de una terna elaborada por el Consejo del IDPP, el cual se integra de la siguiente forma: Presidente de Corte Suprema de Justicia; Procurador de los Derechos Humanos; Representante del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala; un representante de los decanos de las facultades de Derecho del país; Un representante de los defensores de planta del IDPP.